A partir del 15 de marzo de 2021 la UGPP reanudará sus procesos y actuaciones en parafiscales y con ello, se reactivan:
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Procesos administrativos de determinación, sancionatorios, de discusión, por interposición de recursos de reconsideración o acción de revocatoria directa, y cobro de las contribuciones parafiscales de la Protección Social.
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Decisión de las solicitudes de terminación por mutuo acuerdo y conciliación judicial por parte del Comité de Conciliación y Defensa Judicial.
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Términos para interponer y decidir recursos de reposición y solicitudes de revocatoria directa contra las actas del Comité de Conciliación y Defensa Judicial que niegan las solicitudes de terminación por mutuo acuerdo y conciliación judicial.
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Términos de la Resolución 2082 de 2016 que subroga la Resolución 444 de 2013, que establece los estándares de cobro que deben implementar las Administradoras del Sistema de la Protección Social, para la remisión del reporte consolidado de cartera y reporte desagregado de cartera por aportante.
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Procesos en respuesta al requerimiento de información, requerimiento para declarar y/o corregir y términos para proferir la liquidación oficial fallo a los recursos de reconsideración.