Pensión vejez y/o jubilación
Requisitos clave para identificar si puede solicitar una pensión de vejez y/o jubilación
1. Tener la edad exigida por ley.
2. Haber cotizado semanas exigidas por la ley al subsistema de pensiones.
3. Si la persona no cumple con los requisitos de pensión vejez, puede solicitar indemnización sustitutiva de vejez.
Lista de Documentos para solicitar pensión vejez y/o jubilación
Recuerde que puede agendar una cita para recibir asesoría sobre su solicitud
Documento | Características | Listado |
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Formulario único de solicitudes prestacionales |
Diligencie y envíe el formulario único de solicitudes prestacionales con los datos personales del causante, solicitantes y beneficiarios según el caso, indicando la prestación que solicitará, entidad donde trabajó y los tiempos de servicio prestado. Descárguelo
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Fotocopia del documento de identidad |
Fotocopia legible del documento de identidad por ambas caras y ampliada al 150%. NOTA: para el caso de cédula de ciudadanía, se puede aportar la fotocopia de la cédula en formato amarillo con hologramas o la cédula de seguridad personalizada en policarbonato, según corresponda. |
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Registro civil de nacimiento |
Copia simple o copia auténtica tomada del original del registro civil de nacimiento. Para los nacidos antes del día 15 de junio de 1938, deberá aportar la partida eclesiástica de bautismo en copia auténtica tomada del original o copia simple si no cuenta con registro civil de nacimiento. Es valido el registro digital expedido por la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL. Nota: se informa que la copia auténtica del registro civil de nacimiento la expide la notaría o la autoridad donde se realizó la inscripción del nacimiento. En cuanto a la copia auténtica de la partida eclesiástica de bautismo, la expide la parroquia o capilla donde se celebró el bautismo. |
DOCUMENTOS DE LA HISTORIA LABORAL: Esta información aplica para: |
Documento | Características | Listado |
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Fallo judicial | En caso de tratarse de una solicitud por cumplimiento a un fallo judicial, debe remitir copia simple de la(s) sentencia(s). Se deben allegar las sentencias de todas las instancias que se agotaron en el proceso judicial. Para los fallos que se profieran en oralidad, debe aportarse CD´S que contengan los audios de la decisión judicial de las instancias agotadas. | |
Liquidación de costas procesales y/o agencias en derecho |
Para el pago de costas procesales y/o agencias en derecho, se deberá allegar el acta de liquidación y aprobación de los mismos en copia simple. |
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Constancia de ejecutoria del fallo |
Copia simple de la constancia ejecutoria, en donde se especifique la fecha en que quedo ejecutoriado el fallo. |
NOTA: aunque no se requiere la intervención de un tercero para realizar la solicitud, en caso de que se constituya, tiene que acreditar dicha calidad. |
Documento | Características | Listado |
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Fotocopia del documento de identidad del apoderado |
Fotocopia legible del documento de identidad por ambas caras y ampliada al 150%. NOTA: para el caso de cédula de ciudadanía, se puede aportar la cédula en formato amarillo con hologramas o la cédula de seguridad personalizada en policarbonato, según corresponda. |
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Tarjeta Profesional |
Fotocopia legible y ampliado al 150%. Este documento es opcional siempre y cuando la solicitud registre el número de la tarjeta profesional. |
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Poder |
El poder debe presentarse de la siguiente manera: NOTA: para recibir o cobrar sumas de dineros por parte de apoderados por conceptos de intereses, agencias en derecho y costas ordenados a través de fallos judiciales, se requiere que aporte poder especial o ratificación del mismo en original o copia simple con reconocimiento de firmas con huella ante notario o autoridad competente por parte del poderdante, donde se manifieste expresamente la facultad de recibir y cobrar los conceptos antes mencionados. Es preciso anotar que el poder o ratificación para el pago de dichos conceptos, se debe allegar una vez la Unidad Pensional haya ordenado el pago a través de acto administrativo, y en el poder debe quedar establecido claramente que recibirá los conceptos que aparecen reconocidos en el acto administrativo. |
Documento | Características | Listado |
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Escritura pública |
Copia auténtica o copia simple, tomada del original. NOTA: se informa que la copia auténtica de la escritura pública lo expide la notaria o la autoridad donde se protocolizó o se suscribió el acto. |
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Fotocopia del documento de identidad del apoderado |
Fotocopia legible del documento de identidad por ambas caras y ampliada al 150%. NOTA: para el caso de cédula de ciudadanía, se puede aportar la fotocopia de la cédula en formato amarillo con hologramas o la cédula de seguridad personalizada en policarbonato, según corresponda. |
Documento | Características | Listado |
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Fotocopia del documento de identidad del autorizado |
Fotocopia legible del documento de identidad por ambas caras y ampliada al 150%. NOTA: para el caso de cédula de ciudadanía, se puede aportar la fotocopia de la cédula en formato amarillo con hologramas o la cédula de seguridad personalizada en policarbonato, según corresponda. |
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Autorización |
En original o copia simple con reconocimiento de firmas con huella ante notario o autoridad competente de quien autoriza, en donde se especifique las facultades que se le otorgó. |
Documento | Características | Listado |
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Fotocopia del documento de identidad del curador, guardador o tutor |
Fotocopia legible del documento de identidad por ambas caras y ampliada al 150%. |
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Acta de posesión y discernimiento del curador, guardador o tutor |
Copia auténtica o copia simple tomada del original. Nota: se informa que la copia auténtica del acta de posesión y discernimiento, lo expide el despacho judicial que resolvió el trámite de interdicción. |
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Registro civil de nacimiento del la persona en situación de discapacidad |
Copia auténtica o copia simple, tomada del original del Registro civil de nacimiento del declarado interdicto con las notas marginales de las interdicciones, tal como lo señala el artículo 5 del Decreto 1260 de 1970. Nota: se informa que la copia auténtica del registro civil de nacimiento, lo expide la notaría o la autoridad donde se realizó la inscripción del nacimiento. Este documento deberá allegarse con la nota marginal de interdicción, para el pretendido beneficiario mayor de edad, en aquellos eventos en los que hay auto ejecutoriado de designación provisional de curador, tutor, o guardador o exista una sentencia de interdicción ejecutoriada antes del 26/08/2019, fecha en que entró a regir la ley 1996 de 2019 que regula el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad. |
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Acuerdos de apoyo para los beneficiarios en situación de discapacidad que dependían económicamente del causante |
En copia simple el acuerdo de apoyo se tramita ante Notaría Pública (por medio de escritura pública) o conciliadores extrajudiciales en derecho (acta de conciliación) o juzgado de familia (sentencia judicial). Nota: el documento se deberá aportar teniendo en cuenta que el dictamen de pérdida de capacidad laboral indica que el beneficiario en situación de discapacidad requiere ayuda de terceros para toma de decisiones. |
Cuando el trámite sea de RELIQUIDACIÓN, el solicitantes deberá aportar los documentos que se encuentran anteriormente en listado para la prestación, dependiendo si se trata de una solicitud administrativa o por cumplimiento a fallo, y su la prestación la realiza directamente o a través de apoderado, autorizado, curador, guardador o tutor. |
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Residentes en el exterior
Si el causante o los beneficiarios se encuentran residenciados en el exterior deberán presentar la documentación expedida en el exterior reconocida por el Consulado de Colombia o la autoridad competente. En caso que en el país donde se suscriba el documento, no haya consulado de Colombia y este haga parte del Convenio de la Haya, los documentos deben acompañar el certificado de apostille. Los documentos deben presentarse en idioma castellano o su traducción oficial.