Ampliamos el plazo para los acuerdos de pago

Hasta el 31 de diciembre se extendió el plazo para suscribir acuerdos de pago con La Unidad de Pensiones y Parafiscales-UGPP a los acreedores de conciliaciones o sentencias judiciales.

Extendimos el plazo que permite a las personas naturales o jurídicas que sean acreedores de La Unidad en materia de conciliaciones o sentencias judiciales, y que hayan adquirido ejecutoria a más tardar el 24 de mayo de 2019, manifiesten su aceptación para celebrar acuerdos de pago de dichas obligaciones, con los que se solucionen las acreencias originadas en providencias judiciales, mediante su reconocimiento como deuda pública y pago efectivo en los términos indicados por la norma.

Por lo anterior, la UGPP remitirá nuevamente las comunicaciones a los acreedores y/o a sus apoderados, reiterando la invitación a celebrar los acuerdos de pago, y se informarán las etapas generales del proceso, así como las ventajas de esta medida.

Más información: Decreto 642 de 2020

Documentos obligatorios 

  1. Certificación bancaria emitida por la entidad financiera que indique que la cuenta está a nombre del beneficiario; no pude ser la misma en donde se le deposita la mesada pensional.

  2. Copia de la cédula de ciudadanía del beneficiario.

  3. Manifestación juramentada, suscrita por el beneficiario, de no haber instaurado otra acción de cobro por este mismo concepto frente a otra entidad del Estado, ni iniciado ningún proceso ejecutivo. Este documento no debe tener una vigencia superior a 30 días calendario.

Documentos opcionales 

Si el beneficiario decide actuar a través de un apoderado, debe adjuntar, además de los documentos solicitados en los numerales 1 y 2, el poder especial conferido de acuerdo con la ley en donde le otorgue la facultada expresa de recibir el pago de la acreencia. Artículo 77 del Código General del Proceso.

Recuerde: los anteriores documentos se deben radicar en nuestra Sede Electrónica ubicada en nuestro sitio web www.ugpp.gov.co 

Dudas o inquietudes

  • Línea fija en Bogotá: (+571) 492 60 90
  • Línea gratuita nacional: 01 800 423 423