Inicie el trámite de Acuerdos de Pago con la UGPP

La información que se detalla a continuación es la que las personas deben remitir a la UGPP para manifestar su aceptación en el inicio del trámite que permita suscribir Acuerdos de Pago para cancelar las acreencias que tenga la Entidad por concepto de conciliaciones o sentencias judiciales que hayan adquirido ejecutoria a más tardar el 24 de mayo de 2019.

1.    Manifestación de si actuará a nombre propio o a través de apoderado.

2.    Si actúa a través de apoderado, debe informar nombres, apellidos y documento de identidad del apoderado.

3.    Datos de contacto del beneficiario o apoderado: correo electrónico, teléfono y dirección.

4.    Número único de radicación (23 dígitos) del proceso al cual pertenece la sentencia o conciliación pendiente de pago.

5.    Despacho de origen del proceso al cual pertenece la sentencia o conciliación pendiente de pago.

6.    Nombres, apellidos y documento de identidad del demandante.

7.    Nombres, apellidos y documento de identidad del titular original de la prestación (pensión, indemnización sustitutiva o auxilio funerario).

8.    Informar si ha promovido demanda ejecutiva para obtener el cumplimiento de la sentencia o conciliación pendiente de pago.

9.    En caso afirmativo, indicar el número único de radicación (23 dígitos) del proceso ejecutivo.

10.  Despacho de origen del proceso ejecutivo. 

Es importante recordar que la comunicación con los acreedores y sus apoderados, al igual que las gestiones para la negociación de los Acuerdos de Pago, se realizarán a través de medios electrónicos, previa convocatoria ciudadana que se realizará en nuestro sitio web: www.ugpp.gov.co y las redes sociales de la Entidad: Twitter: @UGPP_Colombia; Facebook: @UGPPColombia; Instagram: @ugpp_colombia.