Pensión sanción
El empleador asume la pensión del trabajador no afiliados y despedido sin justa causa.
El empleador asume la pensión del trabajador no afiliados y despedido sin justa causa.
Se reconoce al afiliado que, al momento de quedar en estado de invalidez, no reúne los requisitos para obtener la pensión de invalidez y declara la imposibilidad de continuar cotizando a pensión.
Se reconoce al afiliado que aporta a pensiones o a riesgos laborales, con una invalidez por enfermedad de origen común o profesional y que cumpla con los requisitos para el reconocimiento.
Auxilio monetario que se reconoce a la persona que asume los gastos fúnebres de un afiliado o pensionado.
Se reconoce al grupo familiar del afiliado que fallece, sin haber reunido los requisitos exigidos para ser beneficiarios.
Es la declaración que hace en vida el pensionado, manifestando que en caso de su fallecimiento la pensión debe ser sustituida, de manera provisional, a quienes él señale como beneficiarios.
Se reconoce a los beneficiarios del pensionado que fallece, de manera transitoria, mientras se reconoce la pensión de sustitución definitiva.
Se reconoce a los maestros oficiales que trabajaron durante 20 años, que tengan 50 años y que demuestren su vinculación antes del 31 de diciembre de 1980.
Se reconoce a los beneficiarios del pensionado.
Se reconoce a los afiliados que cumplen con la edad de pensión de vejez, pero que no reúnen el número mínimo de semanas y no pueden seguir cotizando.