La UGPP, en cumplimiento a lo dispuesto por el inciso final del artículo 4° del Decreto 642 del 11 de mayo de 2020, informa que dará inicio a los trámites y actuaciones para celebrar acuerdos de pago que conduzcan a la solución de las acreencias originadas.
Invitación general a la ciudadanía
Aplicación del Decreto 642 del 11 de mayo de 2020
“Por el cual se reglamenta el artículo 53 de la Ley 1955 de 2019 - Plan Nacional de Desarrollo -, en relación con las gestiones que deben adelantar las entidades que hagan parte del Presupuesto General de la Nación para el reconocimiento como deuda pública y pago de las sentencias o conciliaciones que se encuentren en mora”.
La Unidad de Pensiones y Parafiscales de la Protección Social – UGPP, en cumplimiento a lo dispuesto por el inciso final del artículo 4° del Decreto 642 del 11 de mayo de 2020, informa a todas las personas naturales o jurídicas que ostenten la calidad de acreedor de conciliaciones o sentencias judiciales, que hayan adquirido ejecutoria a más tardar el 24 de mayo de 2019, que dará inicio a los trámites y actuaciones para celebrar acuerdos de pago que conduzcan a la solución de las acreencias originadas en dichas providencias judiciales, mediante su reconocimiento como deuda pública, y posterior pago, dentro de los plazos indicados por la norma.
Para los anteriores fines, se remitirán comunicaciones oficiales a los respectivos acreedores y/o a sus apoderados, invitándolos a celebrar los acuerdos de pago, y se les darán a conocer, entre otros, los canales oficiales de atención y comunicación, a través de los cuales se llevarán a cabo los trámites, información y condiciones necesarias para iniciar con este proceso, al igual que la fecha máxima hasta la cual se recibirán las aceptaciones para realizar los acuerdos de pago.
Decreto 642 del 11 de mayo de 2020, y el anexo.
Bogotá, D.C., 15 de mayo de 2020.
La UGPP, en cumplimiento a lo dispuesto por el inciso final del artículo 4° del Decreto 642 del 11 de mayo de 2020, informa que dará inicio a los trámites y actuaciones para celebrar acuerdos de pago que conduzcan a la solución de las acreencias originadas.
Invitación general a la ciudadanía
Aplicación del Decreto 642 del 11 de mayo de 2020
“Por el cual se reglamenta el artículo 53 de la Ley 1955 de 2019 - Plan Nacional de Desarrollo -, en relación con las gestiones que deben adelantar las entidades que hagan parte del Presupuesto General de la Nación para el reconocimiento como deuda pública y pago de las sentencias o conciliaciones que se encuentren en mora”.
La Unidad de Pensiones y Parafiscales de la Protección Social – UGPP, en cumplimiento a lo dispuesto por el inciso final del artículo 4° del Decreto 642 del 11 de mayo de 2020, informa a todas las personas naturales o jurídicas que ostenten la calidad de acreedor de conciliaciones o sentencias judiciales, que hayan adquirido ejecutoria a más tardar el 24 de mayo de 2019, que dará inicio a los trámites y actuaciones para celebrar acuerdos de pago que conduzcan a la solución de las acreencias originadas en dichas providencias judiciales, mediante su reconocimiento como deuda pública, y posterior pago, dentro de los plazos indicados por la norma.
Para los anteriores fines, se remitirán comunicaciones oficiales a los respectivos acreedores y/o a sus apoderados, invitándolos a celebrar los acuerdos de pago, y se les darán a conocer, entre otros, los canales oficiales de atención y comunicación, a través de los cuales se llevarán a cabo los trámites, información y condiciones necesarias para iniciar con este proceso, al igual que la fecha máxima hasta la cual se recibirán las aceptaciones para realizar los acuerdos de pago.
Decreto 642 del 11 de mayo de 2020, y el anexo.
Bogotá, D.C., 15 de mayo de 2020.